Publicado el 15/03/2011
Esta vez no ha sido FEAPEN, sino que una de sus "asociaciones de empleados" asociada asimismo a FEAPEN (Asociación de Empleados de Notarías de Andalucía Occidental), la que se ha prestado para intentar volver a impugnar por la vía de los Tribunales de Justicia, lo que no han sido capaces de defender en la Mesa de Negociación del I Convenio Colectivo Estatal de Notarios y Personal Empleado.
Mediante Sentencia 41/2011, de fecha 4 de Marzo de 2011, establece la pretensión de esta "asociación" de la nulidad del Título IV y el Art. 55 ya que indican que FeS-UGT y Comfía-CCOO no tenemos legitimidad para la firma de dicho Convenio Colectivo.
Tras la lectura sosegada de esta Sentencia, llegamos a las siguientes conclusiones:
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