Publicado el 16/03/2011
Mediante Sentencia 41/2011, de fecha 4 de Marzo de 2011, desestima la pretensión de la "Asociación de Empleados de Notarias de Andalucía Occidental" de la nulidad del Título IV y el Art. 55, donde pretendían que FeS-UGT y Comfía-CCOO no tienen legitimidad para la firma de dicho Convenio Colectivo.
Tras la lectura de esta importante Sentencia, FeS-UGT llega a las siguientes conclusiones:
De todo lo anteriormente expuesto en esta aclaratoria Sentencia nos preguntamos desde FeS-UGT cual es el verdadero motivo para que FEAPEN y sus integrantes, asociaciones de empleados del Sector de Notarios, actúen de esta incomprensible forma impugnando un texto plenamente avalado por la Autoridad Laboral.
FeS-UGT recuerda que este I Convenio Colectivo viene a plasmar el fruto del trabajo de casi tres años de negociación, donde los sindicatos mayoritarios han realizado una vez más un ejercicio de responsabilidad atendiendo tanto a las circunstancias que rodean actualmente al sector (crisis económica) como nuestra clara intención de seguir consiguiendo avances en la dignificación de los trabajadores y trabajadoras del sector.
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