Empresas de Gestión y Mediación Inmobiliaria

Plataforma de Negociación del Convenio Colectivo de Gestión y Mediación Inmobiliaria

23 Enero 2013 | Archivado en Empresas de Gestión y Mediación Inmobiliaria

En el día de hoy se ha producido la reunión de Mesa Negociadora donde se ha hecho entrega y posterior explicación de las respectivas Plataformas Negociadoras tanto de FeS-UGT como de Comfia-CCOO.

Los criterios de inicio aportados por FeS-UGT a dicha mesa negociadora son los siguientes:

  1. Disposiciones Generales.
    • Vigencia: 3 años, en función del resultado final.
    • Ultra actividad.
    • Ordenación Negociación Colectiva en el Sector.
  2. Formación.
    • Recuperación del tiempo de formación fuera del horario laboral por días de descanso.
    • Facilitar la participación de los empleados con un contrato de trabajo suspendido por excedencia por motivos familiares en los procesos formativos de la empresa.
  3. Tiempo de Trabajo.
    • Jornada máxima anual: 2013-2014: 1772 horas y 2015: 1770 horas
    • Flexibilidad horaria: establecimiento de una hora de flexibilidad en la entrada y la salida.
    • Jornada intensiva los viernes de todo el año.
    • Disfrute efectivo de las catorce festividades anuales.
    • Vacaciones: Derecho a trasladar vacaciones cuando se presente una IT durante su disfrute.
  4. Retribuciones: Los criterios de incrementos salariales deben ajustarse al ritmo de actividad de la Economía Española, siguiendo lo pactado en el II AENC.
      • Año 2013: 0,6%, con la siguiente clausula de actualización: “Si la tasa de variación anual del IPC general Español del mes de Diciembre fuera superior al IPC armonizado de la zona Euro en el mismo mes, entonces se tomara este ultimo para calcular el exceso. De producirse este hecho la cantidad resultante se aplicaría en una vez. Si el precio medio internacional en euros del petróleo Brent en el mes de Diciembre es superior en un 10% al precio medio del mes de Diciembre anterior, para calcular el exceso citado se tomaran como referencias los indicadores de inflación mencionados excluyendo en ambos los carburantes y combustibles”.

      • Años 2014 y 2015 el aumento de salarios se ajustara a la actividad de la Economía Española, según los siguientes criterios:
        • Un incremento del 0,6% si el PIB crece menos del 1%.
        • Un incremento del 1% si el PIB se mueve entre el 1% y menos del 2%.
        • Un incremento del 1,5% si el PIB crece el 2% o más.
      • Dietas y desplazamientos: actualizar y aumentar importes conforme a la subida salarial plantea.
  5. Derechos Sindicales.
    • Comunicación: tablón virtual, criterios para el uso del correo electrónico por parte de la R.L.T.
    • Elecciones delegados de personal: mejorar condiciones agrupaciones de centro.
    • El comité Paritario de Vigilancia y seguimiento a efectos de poder desarrollar su trabajo, dispondrá para cada una de las Organizaciones firmantes de este Convenio dispondrá del volumen de horas necesarias para una persona liberada por Organización con carácter nominativo.