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Firmadas las Directrices en salud y seguridad en el sector de Deporte y Ocio Activo

23 Febrero 2015 | Archivado en InternacionalDeportes

Los interlocutores sociales, EASE (Asociación Europea de Empleadores del deporte) y UNI Europa, están contentos de anunciar la finalización y la firma oficial de las Directrices sobre Salud y Seguridad en el deporte y sector del ocio activo europeo la semana pasada en Bruselas.

El propósito central de estas directrices es promover normas mínimas para la prestación de un ambiente de trabajo seguro y saludable, lo cual es de interés y a la vez responsabilidad de los empleadores y de los trabajadores del deporte.

Ambas partes están de acuerdo en que las convenciones internacionales de la OIT, las directivas europeas y las normas nacionales de la legislación laboral en materia de salud y seguridad se aplican al sector del deporte y el ocio activo como a cualquier otro sector.

Las directrices deberán actuar como una referencia para la evaluación de riesgos, medidas preventivas y acuerdos nacionales entre los interlocutores sociales para ayudar a proteger la seguridad y salud de los trabajadores en el sector.

Este éxito conjunto demuestra una vez más la importancia de la fase de prueba de Diálogo Social Sectorial Europeo, que da una oportunidad real a un gran número de organizaciones de trabajadores y empleadores para reunirse y discutir temas y prioridades comunes. El proceso de Diálogo Social Europeo es sin duda esencial para el desarrollo del deporte en Europa.

EASE y UNI Europa Sport hacen un llamamiento a los interlocutores sociales a nivel nacional para participar en el Diálogo Social Europeo y trabajar en base a estas guías hacia acuerdos nacionales sobre salud y seguridad con el fin de promover la salud y la seguridad de todos los trabajadores del sector.

Ambas organizaciones cuentan con sus miembros y para todas las partes interesadas, para difundir las directrices a gran escala.



Directrices en salud y seguridad en el sector de Deporte y Ocio Activo

El pasado 21 de febrero 2014 en Bruselas, durante una reunión del grupo de trabajo del Comité de Diálogo Social Sectorial Europeo de Deporte y Ocio Activo, EASE y UNI Europa Sport acordaron proporcionar directrices sobre salud y seguridad para los interlocutores sociales en el sector.

Las directrices están destinadas a los interlocutores sociales nacionales que están llamados a revisar sus prácticas para asegurar que están en línea con los estándares mínimos internacionales y europeos, y negociar en caso necesario (dentro de las leyes nacionales). Su objetivo fundamental es promover las normas mínimas para un ambiente de trabajo seguro y saludable por el bien de los empleadores y trabajadores del deporte.

Ambas partes están de acuerdo en que los convenios internacionales (OIT), las directivas europeas y las normas nacionales de la legislación laboral en materia de salud y seguridad se aplican como a cualquier otro sector.

EASE y UNI Europa Sport hacen un llamamiento a los interlocutores sociales a nivel nacional para participar en el diálogo social europeo y trabajar con estas guías para establecer acuerdos nacionales en materia de salud y seguridad con el fin de promover la salud y la seguridad de todos los trabajadores del sector. Además, instan a los responsables políticos a utilizar estas directrices como referencia cuando se trabaja hacia el desarrollo de la dimensión europea del deporte mediante la protección de la integridad física y moral de los deportistas y de las mujeres, como estipula el artículo 165 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea acordado en 2008.

De acuerdo con la Directiva marco 89/331/CEE, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo, ambas partes reiteran que "la mejora de la seguridad, la higiene y la salud en el trabajo es un objetivo que no debe estar subordinado a consideraciones puramente económicas".

Ambas partes reconocen que, de acuerdo con el artículo 5 de la Directiva Marco 89/331/CEE del Consejo, "el empleador tendrá la obligación de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo", mientras que "será responsabilidad de cada trabajador velar por su propia seguridad y salud y la de otras personas afectadas por sus actos u omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones de su empresario" (artículo 13).

También subrayan aún más la importancia de la Directiva 91/383/CEE, que completa las medidas para promover la mejora de la seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores con una relación laboral de duración determinada o de una relación de trabajo temporal dado que este tipo de relaciones de trabajo abundan en el sector del deporte.

Las obligaciones generales de los empleadores en los tres subsectores que deben ser incluidas:

  • Proporcionar supervisión médica acorde
  • Revisión de los riesgos y las enfermedades propias de cada actividad
  • Evaluación de riesgos para la seguridad y salud de los empleados
  • Proporcionar formación general o específica en temas de salud y seguridad
  • Garantizar la gestión adecuada de lesiónes (incluido pero no limitado  y de conformidad con la legislación nacional) mediante el suministro de:
    • Evaluación de riesgos de los peligros
    • Acuerdos sobre el nivel adecuado de conocimientos médicos necesarios para eventos
    • Cursos de formación de primeros auxilios para el personal
    • Botiquines de primeros auxilios en el lugar
    • Protocolos específicos de lesiones
    • Una base de datos de referencia de los profesionales locales de la medicina del deporte.
  • Suministro y aplicación de las políticas y directrices que deben cubrir, pero que no solo se limiten a la salud:
    • Tecnología
    • Equipos
    • Instalaciones deportivas
    • Tiempo de trabajo
    • Reglas de juego
    • Relaciones sociales y éticas
    • Protección de los menores
    • Embarazo
    • Drogas
    • Enfermedades infecciosas
    • Condiciones meteorológicas
    • Salud mental y bienestar
  • Consulta con los empleados en relación a  todas las cuestiones relativas a la salud y seguridad en el trabajo:
    • Previsión de un seguro con cobertura adecuada, ya sea colectiva o individual
    • Reparto de la carga de  trabajo y de la intensidad de la práctica con respecto a la edad
    • Proporcionar al trabajador códigos de conducta y fuertes  principios éticos para promover un clima de respeto, de juego limpio y de tolerancia

Los deberes de los empleados a través de los tres subsectores incluirán:

  • Cuidar lo mejor posible de su propia seguridad y salud y la de las personas afectadas por sus actos u omisiones
  • Actuar de conformidad con su formación, así como con las políticas de salud y las orientaciones facilitadas por sus empleadores
  • Cumplir con los acuerdos contractuales, así como la legislación nacional en materia de tiempo de trabajo, descanso y vacaciones.

Ambas partes reconocen que la especificidad de cada subsector presenta para los empleadores y los empleados diferentes tipos de riesgos. Por tanto, las obligaciones de los empleadores varían al igual que la importancia que se les atribuya a través de cada subsector.

Ambas partes decidieron que un énfasis especial debe ser puesto en las siguientes funciones:

En el subsector de Deporte sin Ánimo de Lucro:

  • Aceptar la responsabilidad de seguridad y salud del personal no solamente contratado (pagado), sino también de los voluntarios en el marco de la legislación nacional y de los convenios colectivos de trabajo;
  • Proporcionar  códigos de conducta con respecto a la protección de los menores;
  • Comprobar los antecedentes penales de los empleados / voluntarios que trabajan con niños;  
  • Crear conciencia sobre el hecho de que algunos voluntarios pueden tener el papel de empleador (es decir, los miembros del consejo de organizaciones deportivas)

En el subsector de Deporte Profesional:

  • Valorar  y acordar la necesidad de apoyo médico adecuado  para los participantes activos
  • Proporcionar personal médico incluido  especialistas en medicina deportiva,
  • Permitir al empleado  ejercer la libertad de elección de su  médico siempre  con una adecuada comunicación con el personal médico del empleador, que debera incluir un informe del tratamiento prescrito por el médico elegido,
  • Estar en contacto con los organismos deportivas (federaciones / instituciones) con respecto a la competencia, la programación, el descanso, las estadísticas de lesiones para mejorar los estándares de seguridad  a través de enmiendas a las normas y reglamentos del deporte
  • Inclusión de métodos de prevención de lesiones especificas hasta la fecha de la sesión de entrenamiento.
  • Proporcionar el equipo de protección adecuado,
  • Garantizar la  adecuada cualificación de los entrenadores y que estén controladas y actualizadas de conformidad con los desarrollos médicos
  • Proporcionar los mecanismos adecuados de apoyo de gestión de los factores de estrés psicosocial y de bienestar (como la inseguridad laboral, el trauma relacionado con las lesiones, y la transición de carrera);

En el subsector de Ocio Activo:

  • Proporcionar un adecuado mantenimiento de las instalaciones y de os equipos
  • Proporcionar unos códigos de conducta que promueven un clima de respeto y tolerancia entre las partes interesadas
  • Utilizar equipos que se ajusten a las normas europeas de seguridad
  • Garantizar que los suplementos nutricionales que se venden en las instalaciones de fitness son libre de drogas

Conclusión:

El deporte, según la definición del Consejo de Europa, está dirigido a expresar o mejorar el estado físico y bienestar mental". También es ampliamente reconocido como una medida preventiva eficaz contra la obesidad, la diabetes y las enfermedades cardiovasculares. Sin perjuicio de estas evaluaciones, los trabajadores del sector del deporte están expuestos a mayores riesgos corporales que los trabajadores de otros sectores y ¡ con niveles significativos de estrés psicosocial.

A la luz de estos hechos, estas directrices deberán actuar como una referencia para la evaluación de riesgos, medidas preventivas, y los acuerdos nacionales entre los interlocutores sociales para ayudar a proteger la seguridad y salud de los trabajadores en el sector.