Publicado el 07/03/2011
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de SOGETI ESPAÑA, S.L.U. interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 3 de mayo de 2010. En esa sentencia, La Audiencia Nacional declaraba "contraria a derecho la práctica de la empresa consistente en absorber y compensar de las mejoras voluntarias el incremento salarial en el complemento de antigüedad".
SOGETI pretendió, unilateralmente, romper un acuerdo firmado con los Representantes de los Trabajadores por el cual " las partes acuerdan que la compensación y absorción no sería aplicable en ningún caso: 1) Al concepto salarial de antigüedad "
Una vez más, FeS-UGT ha estado al lado de los trabajadores y al frente de sus reivindicaciones, apostando hasta el final por unos derechos que tanto tiempo y esfuerzo nos ha costado conseguir.
Parece que está de moda la reclamación de la no absorción de la antigüedad. No olvidemos la reciente sentencia contra CAPGEMINI del 2 de febrero de la Audiencia Nacional, sobre la demanda interpuesta por varios Comités de Empresa en los que la Federación de Servicios de UGT (FeS-UGT) ostenta la mayoría.
Esta última sentencia declara contraria a derecho la absorción y compensación del complemento salarial de antigüedad, por lo que los trabajadores de Capgemini deberán volver a recibir el importe correspondiente al concepto antigüedad de la misma manera que lo hacían hasta diciembre 2009, es decir, sin que se descuente de la Mejora Voluntaria, y también reconoce el carácter retroactivo, por lo cual los importes generados desde enero de 2010 deberán también ser abonados por la empresa.
Por último, y sin que sea menos importante, queremos resaltar y agradecer a todos los afiliados de FeS-UGT en SOGETI y CAPGEMINI, el esfuerzo realizado durante estos meses.
Los trabajadores deben recordar quién está por la defensa de sus intereses y quién hace avanzar sus reivindicaciones para alcanzar sus legítimos objetivos.
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